Registro Único de Alquileres de Corta Duración: Nueva Normativa en España
El registro único de alquileres de corta duración entrará en vigor el 2 de enero, con aplicación efectiva desde el 1 de julio de 2025.
El Consejo de Ministros aprobó el 23 de diciembre de 2023 un Real Decreto que establece un registro único para los arrendamientos de corta duración, configurando la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos. Esta iniciativa busca facilitar la recogida y el intercambio de datos sobre los servicios de alquiler de alojamientos temporales, convirtiendo a España en el primer país de la Unión Europea en implementar esta norma a nivel nacional.
Obligaciones y Regulaciones Establecidas
El Real Decreto contempla la creación de un sistema de información que obligará a los Estados miembros a implementar procedimientos de registro para unidades de alojamiento situadas en sus territorios. Los alquileres afectados incluyen:
- Alquileres turísticos
- Alquileres de temporada
- Alquileres de habitaciones
- Alojamiento en embarcaciones o artefactos navales
La normativa se aplicará siempre que estos servicios sean ofrecidos a través de plataformas en línea y que el destino principal de la vivienda no sea el arrendamiento habitual.
Airbnb ha destacado que la normativa «se queda corta» en la armonización de obligaciones para los anfitriones.
Según la opinión de Airbnb, aunque reconoce los esfuerzos del Ministerio de Vivienda, considera que la normativa no establece un «punto único de entrada» para el registro, lo que podría complicar las tareas administrativas para los anfitriones.
Proceso de Registro y Obligaciones de los Arrendadores
Los arrendadores deberán obtener un número de registro, y están obligados a:
- Aportar información actualizada y requerida por las plataformas en línea.
- Identificar sus viviendas mediante el número de registro en los anuncios publicados.
- Cumplir con los requerimientos establecidos en un plazo de 48 horas ante las resoluciones administrativas.
El proceso de solicitud del número de registro se realizará a través de los registros correspondientes y deberá incluir la dirección, código registral y el número máximo de arrendatarios permitidos.
En caso de existir defectos en la documentación, los arrendadores contarán con un plazo de subsanación de siete días hábiles para corregirlos, bajo la advertencia de que, de no hacerlo, el número de registro quedará suspendido.
Esta novedosa regulación plantea un cambio significativo en la gestión de arrendamientos en España y se prevé que establezca un nuevo estándar para el alquiler de corta duración en toda Europa.